Modelos AEAT

Modelos AEAT 303, 130 y 111: guía práctica para autónomos y pymes

Guía práctica de los modelos AEAT 303, 130 y 111 para autónomos y pymes en España. Incluye quién presenta cada uno, plazos de 2026, tabla comparativa, cómo cumplimentarlos paso a paso y errores frecuentes.

Tipo: Guía práctica Lectura: 7 min Actualizado: 2026-05-31

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Modelos AEAT 303, 130 y 111: guía práctica

Los modelos 303, 130 y 111 son las declaraciones trimestrales más comunes para autónomos y pymes en España. Cada uno responde a una obligación fiscal distinta: IVA, IRPF o retenciones. Mezclarlos o presentarlos fuera de plazo genera recargos, intereses y, en casos repetidos, sanciones.

Esta guía está escrita para revisar qué modelo aplica a tu negocio, qué plazos tienes en 2026, cómo cumplimentar cada uno y qué errores evitar. No sustituye el asesoramiento profesional, pero ordena las piezas para que puedas preparar tus declaraciones con criterio.

Los tres modelos trimestrales

Respuesta rápida

Cada modelo cumple una función distinta:

  • Modelo 303: declaración-liquidación del IVA. Lo presentan todos los autónomos y empresas sujetos a IVA, salvo los acogidos al REDEME (que presentan mensualmente).
  • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF para autónomos en estimación directa. No lo presentan quienes tributan en estimación objetiva (módulos) ni las sociedades.
  • Modelo 111: retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Lo presentan empresas y autónomos que practican retenciones a trabajadores, profesionales o arrendadores.

Calendario fiscal 2026

Los plazos de presentación son fijos:

| Trimestre | Periodo | Plazo de presentación | |-----------|---------|----------------------| | 1T | Enero - Marzo | 1 al 20 de abril | | 2T | Abril - Junio | 1 al 20 de julio | | 3T | Julio - Septiembre | 1 al 20 de octubre | | 4T | Octubre - Diciembre | 1 al 30 de enero (año siguiente) |

El resumen anual (modelo 390 para IVA y 100 para IRPF) se presenta en enero-febrero del año siguiente.

Cómo cumplimentar el modelo 303 (IVA)

El modelo 303 recoge:

  • Casillas 1 a 43: IVA repercutido (ventas y prestaciones de servicios).
  • Casillas 44 a 69: IVA soportado (compras y gastos deducibles).
  • Casillas 70 a 76: resultado (a ingresar o a devolver).
  • Casillas 77 a 87: información complementaria (régimen especial, exportaciones, etc.).

El resultado se obtiene restando el IVA soportado del repercutido. Si es positivo, se ingresa; si es negativo, se puede compensar o solicitar devolución.

Cómo cumplimentar el modelo 130 (IRPF trimestral)

El modelo 130 calcula el pago fraccionado del IRPF:

  • Casilla 1: rendimientos netos del trimestre (ingresos - gastos deducibles).
  • Casilla 2: retenciones y pagos fraccionados del trimestre.
  • Casilla 3: resultado (a ingresar).

El tipo de pago fraccionado es el 20% sobre el rendimiento neto (con algunas reducciones para el primer año de actividad).

Cómo cumplimentar el modelo 111 (Retenciones)

El modelo 111 declara las retenciones practicadas:

  • Casillas por tipo de retención: rendimientos del trabajo, actividades profesionales, arrendamientos, etc.
  • Casilla de resumen: total de retenciones ingresadas.

El importe declarado debe coincidir con las retenciones que has practicado y con los importes que has ingresado en la AEAT.

Puntos clave

  • El modelo 303 es para IVA; el 130 para IRPF de autónomos; el 111 para retenciones practicadas.
  • Los tres se presentan trimestralmente en abril, julio, octubre y enero.
  • Los datos deben cuadrar con los libros de IVA y de ingresos de tu contabilidad.

Comparativa de modelos trimestrales

¿Qué declara? IVA repercutido y soportado Pago fraccionado del IRPF Retenciones practicadas
¿Quién lo presenta? Autónomos y empresas (sujetos IVA) Autónomos en estimación directa Empresas/autónomos que retienen
Periodo Trimestral (o mensual en REDEME) Trimestral Trimestral
Plazo 2026 Abril, julio, octubre, enero Abril, julio, octubre, enero Abril, julio, octubre, enero
Cálculo IVA repercutido - soportado 20% del rendimiento neto Suma de retenciones practicadas
Resumen anual Modelo 390 Modelo 100 (declaración renta) Modelo 190
Sanción por impago Recargo del 5-20% Recargo del 5-20% Recargo + posibles sanciones

Checklist para cada trimestre

  • Separa facturas emitidas y recibidas del trimestre antes de abrir el programa de declaración.
  • Revisa que los importes de IVA (303) cuadren con tus libros de IVA.
  • Comprueba que los gastos deducibles del 130 están correctamente registrados.
  • Verifica que el modelo 111 coincide con las nóminas o facturas con retención emitidas.
  • Presenta antes del último día hábil del plazo para evitar recargos.
  • Guarda el justificante de presentación para cada modelo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar esta guía para presentar mis modelos sin asesoría?

Sirve para preparar la revisión y ordenar dudas, pero la presentación real debe contrastarse con un asesor fiscal o gestoría que conozca tu caso concreto.

¿Qué modelo presento si soy autónomo y no tengo trabajadores?

Como autónomo sin trabajadores presentarás el modelo 303 (IVA) y el 130 (IRPF). Probablemente no necesites el 111 porque no practicas retenciones.

¿Qué pasa si presento fuera de plazo?

Se aplica un recargo del 5% si presentas hasta 3 meses tarde, del 10% hasta 6 meses, del 15% hasta 12 meses, y del 20% más intereses si superas el año. Además, la AEAT puede iniciar un procedimiento sancionador.

¿Los modelos 303 y 130 se presentan siempre juntos?

No, son declaraciones independientes. El 303 liquida el IVA del trimestre y el 130 calcula el pago fraccionado del IRPF. Cada uno tiene su propio plazo y procedimiento, aunque ambos se presentan por sede electrónica.

¿Puedo modificar un modelo ya presentado?

Sí, mediante una declaración complementaria (modelo 303 complementario o 130 complementario). Si la modificación aumenta el importe a ingresar, se aplicarán recargos e intereses.

¿Qué son los recargos por presentación extemporánea?

Son recargos que aplica la AEAT cuando presentas un modelo fuera de plazo sin requerimiento previo. Van del 5% al 20% según el retraso, más intereses de demora si superas los 12 meses.

Manuel Riera

Autor

Manuel Riera

Analista contable y divulgador financiero para pequeñas empresas

Explica balances, cuentas y cierres con un enfoque práctico: entender la operación, revisar el soporte y tomar una decisión contable más segura antes de escalar el caso.

Credenciales: Experiencia en control administrativo, conciliación bancaria, preparación de cierres y documentación contable para pymes y autónomos.

Experiencia: Ha trabajado con equipos administrativos que necesitan convertir saldos, facturas y vencimientos en información clara para gestorías, dirección y seguimiento financiero.

Actualizado: 2026-05-31 Política editorial Correcciones

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